PENSIONES

IMMS: ¿Cómo debes tramitar la pensión por viudez y de cuánto es el monto?

Para solicitar la pensión por viudez del IMSS hay que presentar determinados documentos de uno y de quien fallece.

Fuente: Twitter @showmundialshow
Para solicitar la pensión por viudez hay que presentar varios requisitos ante el IMSS..Fuente: Twitter @showmundialshow
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La pensión por viudez es uno de los tantos trámites que las personas deben realizar cuando fallece su pareja. Esto se debe realizar sin importar su edad, si estuvieron legalmente casados en matrimonio o si meramente convivían como concubinos, aunque hay que comprobar este último dato.

El beneficio económico es entregado por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Dicha dependencia indica que la pensión se entrega a la pareja de la persona fallecida. Además, explica que el seguro que se le otorga surge de las siguientes prestaciones y seguros:

  • Riesgos de Trabajo.
  • Invalidez.
  • Retiro.
  • Cesantía en Edad Avanzada o Vejez.

Pensión por viudez del IMSS: ¿Quién puede solicitarla?

  • La persona beneficiaria de la pensión por viudez es la esposa o esposo.
  • Si la persona fallecida no era casada o estaba divorciada, el beneficio corresponde la pareja que vivió con él en sus últimos cinco años de vida.
  • A falta de ambas parejas, la pensión por viudez corresponde a la persona que tuvo hijos con la o el fallecido, siempre que ambos permanecieran libres de matrimonio durante el concubinato.
  • Si el fallecido tenía varias parejas antes de morir, ninguna recibirá pensión por viudez.

Pensión por viudez del IMSS, los requisitos:

  • Las condiciones que impone el IMSS para brindar una pensión por viudez involucran al asegurado fallecido y a la persona beneficiaria.
  • Requisitos que necesita la o el fallecido para que aplique la pensión por viudez
  • 150 semanas cotizadas al momento de su muerte, excepto si falleció a causa de un riesgo de trabajo.
  • Sus derechos deben permanecer vigentes.
  • Si el asegurado murió por accidente de trabajo, la persona viuda debe solicitar un Dictamen de Incapacidad Permanente o de Defunción por Riesgos de Trabajo ST-3, que entregan los Servicios Médicos Institucionales.
  • Si el fallecido tenía una pensión de incapacidad permanente y muere por causas ajenas a un riesgo de trabajo, deberá completar las 150 semanas cotizadas. Sin embargo, si la persona tenía menos de cinco años recibiendo dicha pensión de incapacidad, no requerirá las 150 semanas.

Requisitos que debe cumplir quien enviuda para tener la pensión del IMSS

  • La esposa o esposo debe acreditar el vínculo matrimonial, misma situación para la pareja que vivía en concubinato con el fallecido.
  • La pareja debe acreditar la dependencia económica del fallecido ante el IMSS.
  • Si la persona viuda desea su pensión bajo el amparo de la ley del Seguro Social de 1973, tendrá que acreditar su total incapacidad a través de un Dictamen de Beneficiario Incapacitado ST-6.
  • La beneficiaria de la pensión por viudez recibirá la pensión conforme al mismo régimen de la persona fallecida.

Documentos para solicitar la pensión por viudez del IMSS

Documentos de la persona fallecida:

  • Cualquier documento de IMSS, Infonavit o Afore que tenga su nombre y número de seguridad social.
  • Clave Única del Registro de Población (CURP).
  • Estado de cuenta de Afore no mayor a seis meses.
  • Copia certificada de acta de nacimiento, adopción o reconocimiento.
  • Copia certificada del acta de defunción.

Documentos de quien enviuda:

  • Identificación oficial con copia y firma: Puede ser INE, cédula profesional, cartilla militar o pasaporte.
  • Comprobante de domicilio no mayor a tres meses.
  • CURP.
  • Constancia de inscripción al Registro Federal del Contribuyentes (RFC).
  • Número de cuenta y Clave bancaria emitida por alguna institución de crédito autorizada por el IMSS.
  • Copia certificada del acta de nacimiento, adopción o reconocimiento.
  • Si la persona beneficiaria es la esposa o esposo, deberá presentar copia certificada del acta de matrimonio.
  • Si la persona beneficiaria es concubina, deberá presentar su acta de nacimiento, adopción o reconocimiento, así como una copia certificada del acta de resolución, “emitida por autoridad judicial, que acredite la relación de concubinato”.