ADULTOS MAYORES

Pensión Bienestar: por esta razón podrías perder tus pagos para siempre

Hay 6 casos en los que puedes dejar de recibir la Pensión del Bienestar, chécalos para no quedarte sin ella.

Fuente: Archivo.
La Pensión del bienestar se entrega de manera bimestral a 11 millones de mexicanos..Fuente: Archivo.
Escrito en TENDENCIAS el

La Pensión Bienestar es un beneficio económico que reciben más de 11 millones de adultos mayores de 65 años a lo largo y a lo ancho de todo el territorio nacional. Este bono económico aumentó un 25% para este 2023 y ya se encuentra en los 4 mil 800 pesos.

La Secretaría del Bienestar es la encargada de distribuir esta ayuda gubernamental a las personas que cumplen con determinados requisitos. Para poder seguir recibiendo los pagos en efectivo y los depósitos bancarios hay que tener todo en regla.

La mayoría de los pagos se hacen mediante el Banco del Bienestar. Fuente: Archivo.

No obstante, por algunos motivos hay algunos adultos mayores que podrían perder el dinero que les depositan en la tarjeta del Bienestar. En el caso de que no quieras que esto te suceda, te comentamos que hay varias causas por las que podría suceder y las debes evitar.

Según lo reportado por la Secretaría del Bienestar en el documento oficial Reglas de Operación del Programa Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores, para el ejercicio fiscal 2023, hay al menos 6 razones y casos por los que se podría producir una baja definitiva del beneficio económico y son los siguientes:

  • Cuando se notifique el fallecimiento de la persona derechohabiente por parte de la Delegación de Programas para el Desarrollo, Registro Civil, autoridad local o por la persona adulta auxiliar con el documento correspondiente.
La pensión del bienestar la reciben más de 11 millones de mexicanos. Fuente: Archivo.
  • Cuando se identifique que la persona derechohabiente proporcionó información falsa o documentos apócrifos para cumplir con lo establecido en el numeral 3.3.2 de las presentes Reglas de Operación.
  • Cuando se identifique a personas derechohabientes que no cumplan con lo establecido en el numeral 3.3 de las presentes Reglas de Operación.
  • Cuando la persona derechohabiente o a través de su persona adulta auxiliar soliciten la baja voluntaria de la pensión,la cual se podrá realizar en cualquier momento del ejercicio fiscal.
  • Por cambio de residencia permanente o temporal al extranjero.
  • Cuando se confirme una duplicidad se dará de baja el registro de mayor antigüedad.