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Utilidades 2023: ¿pueden cobrarlas los pensionados del IMSS e ISSSTE?

Algunos pensionados del IMSS e ISSSTE se preguntan si les toca el reparto de utilidades.

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Las Utilidades 2023.Fuente: Pexels
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El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto de Seguridad y Servicio Social de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) tienen entre sus filas trabajadores activos, personas jubiladas y pensionadas que no recibirán utilidades 2023 al ya no trabajar más para empresas o instituciones, pero pueden percibir otras prestaciones como es el aguinaldo.

Las utilidades se tratan de un derecho constitucional de los trabajadores en la que reciben una parte de las ganancias que obtiene una empresa o un patrón por la actividad productiva o los servicios que ofrece. Dicha distribución se determina de acuerdo al número de horas laboradas por el empleado, el nivel de ingresos, si la empresa tiene la obligación de dar el 10 por ciento, así como otros factores como vacaciones, permisos, feriados.

La utilidad repartible se divide en dos partes iguales: en la primera instancia se repartirá por igual entre todos los trabajadores, tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año independientemente del monto de los salarios, mientras que la segunda parte se repartirá en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año.

Lo cierto es que además de los trabajadores del IMSS y del ISSSTE, quienes no tienen derecho a las utilidades son los empleados domésticos; directores, administradores y gerentes generales; profesionistas, artesanos, técnicos y otros que, mediante el pago de honorarios, presten sus servicios sin existir una relación de trabajo subordinado con el patrón.

IMSS. Fuente: Archivo

En cuanto a las utilidades, también quedan exentos algunas empresas de nueva creación durante su primer año de funcionamiento, a instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia; a empresas cuyo capital sea menor al que fija la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por ramas de la industria, y a instituciones privadas que realicen acciones con fines humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios.