TRABAJO

Reforma laboral: calcula cuántos días de vacaciones te corresponden si se aprueba

Actualmente el periodo vacacional para los trabajadores es de seis días por el primer año de antigüedad y será extendido a doce.

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La nueva reforma laboral contempla mejores condiciones de trabajo..Fuente: Archivo.
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Las vacaciones están en duda luego de que el pasado martes se discutiera en la Comisión del Trabajo del Senado de la República de México la reforma laboral que elevará de seis a doce las jornadas de vacaciones al año para aquellos que son trabajadores formales.

Esta reforma laboral modifica los artículos 61, 76, 78, 81, 179 y 199 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de vacaciones dignas. En la exposición de motivos de la iniciativa se señala que México tiene una deuda con sus trabajadores en los derechos al ocio y al descanso.

El teletrabajo está contemplado por la Reforma Laboral. Fuente: Archivo.

El presidente de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, Napoleón Gómez Urrutia, afirmó que se trata de una iniciativa histórica que reivindica el trabajo humano y la dignidad de los trabajadores: “Mucho hemos avanzado en estos cuatro años de esta administración en materia de defensa de derechos laborales, de democracia sindical y de justicia laboral. Quedan muchos temas todavía por corregir sin duda y de cambiar pero ese es un paso histórico”, enfatizó. 

Además, dicha reforma laboral destaca la importancia de la salud física y principalmente mental después de la pandemia de Covid-19 y sus efectos. De acuerdo con el dictamen, los días de vacaciones por años trabajados con y sin reforma serían los siguientes: 

El dictamen se turnó a la Comisión de Estudios Legislativos, Segunda, para su discusión y votación, y en caso de ser aprobado, se presentará ante el pleno en dos semanas más. De acuerdo con la última actualización a la Ley Federal del Trabajo, el artículo 76 queda redactado de la siguiente forma: “Artículo 76. Los trabajadores que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un período anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a seis días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a doce, por cada año subsecuente de servicios".